miércoles, 16 de noviembre de 2016

Ezpeleta BSAS Argentina: Primer Encuentro Taller Parir con Poder


Con la presencia de Julieta Luque de la Fundación CREAS que apoya y da recursos a este programa con el tema de Violencia Obstétrica , se realizó el pasado lunes 14 de noviembre en la sede del Centro Integral de la Mujer Marcelina Meneses , el Primer Encuentro de PARIR CON PODER.
Quedan más encuentros en la Agenda de este Programa contra las Violencias Obstétricas en el marco del mes de Lucha Internacional contra las Violencias hacia las Mujeres.



"Iniciativa apoyada por CREAS a través del programa Comunidades en Acción. Como #OrganizaciónBasadaenlaFe, CREAS apoya la promoción de los derechos de la #mujeres, quienes son las más afectadas por delitos de violencia en #AmericaLatinayCaribe. En #Noviembre CREAS visibiliza acciones de organizaciones que acompaña para eliminar la violencia contra las mujeres. #25Noviembre #ODS5 #Agenda2030Bachillerato Popular Independencia"


En este taller estuvo como disertante la Dra Nina Brugo,abogada activista feminista, ademas del acompañamiento de CREAS (Centro Regional Ecuménico de Asesora y Servicio). Así conocimos nuestros derechos antes durante y después del parto, el derecho que todas nosotras poseemos, el derecho que posee nuestro hijo o hija, nuestra pareja y demás familiares, los cuales deben ser respetados sin que deba importar nuestro color de piel, nacionalidad, clase social, religión, posición política, etc.

Bien es cierto que la difusión de la ley de parto respetado (25.929) sancionada en el año 2004 es una obligación del Estado, sin embargo entendemos que también recae sobre nosotras la responsabilidad de saber acerca de su existencia para que nosotras mismas difundamos y exijamos su cumplimiento en todos los centros sanitarios sean estos públicos o privados, por eso transcribimos:


La madre tiene derecho:
• A ser informada sobre las distintas intervenciones médicas que pueden tener lugar durante el parto y postparto y participar activamente en las decisiones que acerca de las alternativas distintas si es que existen.
• A ser considerada como persona sana, de modo que se facilite su participación como protagonista de su propio parto.
• A un parto respetuoso de los tiempos biológico y psicológico, evitando prácticas invasivas y suministro de medicación que no estén justificados.
• A ser informada sobre la evolución de su parto, el estado de su hijo o hija y, en general, a que se le haga partícipe de las diferentes actuaciones de los profesionales.
• A no ser sometida a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación.
• A elegir quién la acompañe durante el trabajo de parto, parto y postparto.
• A tener a su lado a su hijo o hija durante la permanencia en el establecimiento sanitario, siempre que el recién nacido no requiera de cuidados especiales.
• A ser informada, desde el embarazo, sobre los beneficios de la lactancia materna y recibir apoyo para amamantar.
• A recibir asesoramiento e información sobre los cuidados de sí misma y del niño o niña.
• A ser informada específicamente sobre los efectos adversos del tabaco, el alcohol y las drogas sobre el niño o niña y ella misma.
Toda persona recién nacida tiene derecho:
• A ser tratada en forma respetuosa y digna.
• A su inequívoca identificación.
• A no ser sometida a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación o docencia.
• A la internación conjunta con su madre en sala.
• A que sus padres reciban adecuado asesoramiento e información sobre los cuidados para su crecimiento y desarrollo, así como de su plan de vacunación.
El padre y la madre de la persona recién nacida en situación de riesgo tienen los siguientes derechos:
• A recibir información comprensible, suficiente y continuada, en un ambiente adecuado, sobre el proceso o evolución de la salud de su hijo o hija, incluyendo diagnóstico, pronóstico y tratamiento.
• A tener acceso continuado a su hijo o hija mientras la situación clínica lo permita, así como a participar en su atención y en la toma de decisiones relacionadas con su asistencia.
• A un consentimiento informado sobre cualquier práctica médica que se le realice al niño o niña
• A que se facilite la lactancia materna de la persona recién nacida
• A recibir asesoramiento e información sobre los cuidados especiales del niño o niña.

Fotografías: Creas Fundación 
En la Mesa de disertantes Nina Brugo, Zulema Montero, Kathya





Equipo de Comunicación CIMM

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